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RGPD

REGLAMENTO GENERAL DE PROTECCIÓN DE DATOS (RGPD)

Esta normativa europea, ya en vigor, tiene como fin aportar un único marco comunitario para la protección de datos. Con ella se procura la mejora del proceso y reducir los trámites burocráticos. Las empresas adquirirán un mayor compromiso con la gestión y privacidad de los datos.

Es tal el desconocimiento, y por ende, el incumplimiento existente que, si hoy mismo se aplicase el Reglamento General de Protección de Datos, más del 40% de las empresas medianas que operan en la Unión Europea pagarían una multa de hasta el 4% de su facturación anual o 20.000.000 euros por infringirlo .

En este sentido, entre las nuevas prácticas que deben realizar las empresas durante 2017 y hasta el 25 de mayo de 2018 están:

  • Procurar el consentimiento inequívoco, y no tácito, del cliente para el uso de sus datos.
  • Actualización de las cláusulas y políticas informativas en torno a la protección de datos.
  • Obligatoriedad de la figura de un delegado de protección de datos.
  • Puesta en marcha de Evaluación de Impacto en la Protección de Datos Personales (PIA).
  • Nuevos códigos de conducta para velar por la privacidad de datos.
  • Certificados y sellos de cumplimiento de la RGPD.

Consentimiento inequívoco

El nuevo reglamento de Protección de Datos desestima el consentimiento tácito que realiza el cliente para el uso de sus datos y obligan a la revisión de las cláusulas de las empresas para que el consentimiento sea libre, específico, informada e inequívoco como reza la normativa.

Hasta el 25 de mayo de 2018, aquellos consentimientos que han sido obtenidos antes de la aplicación total de la nueva normativa el 25 de mayo de mayo de 2018, tendrán validez en el caso de que fueran adquiridos conforme a los criterios del reglamento. Después de esa fecha, todos los consentimientos deben ser claramente expresos y revocables no permitiéndose ningún otro tipo de consentimiento independientemente de su fecha de obtención.

Cláusulas y políticas informativas

¿Qué ocurre con las cuestiones adicionales que el reglamento incluye y que no aparecen expresas actualmente en las cláusulas informativas de las empresas? Las novedades procedentes de la normativa deben ser transmitidas al cliente mediante las herramientas habituales de comunicación como páginas webs, boletines informativos o correo electrónico pero además, conviene una revisión y adaptación formal de las políticas informativas de las empresas.

La figura del Delegado de Protección de Datos

Si su empresa debe contar con un delegado de Protección de Datos (DPO). El RGPD exige que las empresas cuenten con un profesional que haga las veces de auditor interno y, en su papel, identifique los riesgos en la protección de determinados datos y aporte soluciones a la compañía. Esta figura tiene la obligación de transmitir a las Autoridades de Control los fallos o las brechas en la seguridad (Data Breach Notifications) en menos de 72 horas y de peticionar la autorización previa para implantar

Evaluación del Impacto en la Protección de Datos (PIA)

Una de las novedades que conlleva el Reglamento es la obligatoriedad de poner en marcha una Evaluación de Impacto en la Protección de Datos Personales o Privacy Impact Assessments (PIA) en las empresas. Esta herramienta es muy útil para avanzar en la privacidad de todo el ciclo de vida del dato introducido al someterlo a análisis para comprobar si pone en riesgo el derecho fundamental. Tras el resultado es necesario implementar las medidas de seguridad adecuadas.

Códigos de conducta

Existen una serie de obligaciones que los responsables de tratamientos de privacidad y protección de datos pueden cumplir mediante los Códigos de Conducta que la autoridad de control competente, Estados Miembros, Autoridad de Control, Consejo Europeo de Protección de Datos deben promover, supervisar o modificar.

Certificados y Sellos

Es importante darle visibilidad a tu buen hacer en la protección de datos. Por ello se establecen mecanismos de certificación que confirman el cumplimiento de la normativa RGPD y la calidad de la protección de datos. Estos sellos y certificaciones son por tanto elementos que contribuyen a la distinción en tu reputación corporativa y en consecuencia a la competitividad.

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